Arrendamiento de Inmuebles: Obligaciones fiscales
Los dueños de un bien inmueble como una casa, edificio, departamento, local comercial, terreno o bodega y autorizan a otras personas para que lo utilicen por un tiempo y fines establecidos a cambio de una cantidad periódica de dinero (renta).
- Inscribirse en el RFC.
- Mantener actualizada la información ante el RFC, por: Cambio de domicilio, presentar aviso por internet, actualizando los datos de la nueva dirección. Por el aumento o disminución de obligaciones, como el cambio de actividad económica o modifique una obligación como la presentación de declaraciones o cambio de periodicidad de cumplimiento diferente. Suspensión de actividades.
- Llevar contabilidad, si opta por deducciones propias de la actividad.
- Expedir comprobantes electrónicos cuando reciba el importe de las rentas en las cuales debe anotar el número de cuenta predial del inmueble de que se trate. 5. Solicitar comprobantes fiscales
- Presentar las declaraciones:
Provisionales de ISR y realizar el pago del impuesto de forma mensual o en su caso trimestral, si los ingresos mensuales, no superan los $26,411.52.
Definitivas de IVA. Realizar el pago del impuesto mensualmente en el caso de rentar un local comercial o casa habitación amueblada.
Si los ingresos totales del ejercicio inmediato anterior, no excedieron de 4 millones de pesos, queda relevado de presentar la información de operaciones con terceros (DIOT) y de enviar la contabilidad electrónica.
Anual, durante el mes de abril de cada ejercicio.
Informativas: En caso de recibir otros ingresos en efectivo, en moneda nacional, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a 100,000 pesos.
Enlace:
https://www.sat.gob.mx/consulta/26988/conoce-tus-obligaciones-como-arrendador
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